miércoles, 7 de mayo de 2008

Representación Hereditaria en la línea colateral



La Representación Hereditaria en la linea colateral, solo corresponde a los hijos de los hermanos del causante, quienes heredarán por estirpes, si concurren con sus tíos, pero si los sobrinos concurren sólos, heredarán por partes iguales. Esta representacion se da cuando el hermano del causante ha fallecido con anterioridad o bien si ha renunciado a la herencia o la ha perdido por indignidad.
La representacion hereditaria solo se puede dar en la linea recta y en la linea colateral, fuera de estas dos formas, no puede darse la representación de conformidad con la ley.

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