miércoles, 7 de mayo de 2008

Representacion Hereditaria en la línea recta

En la línea recta, la representación tiene lugar solo en los descendientes, por ejemplo, los nietos heredan a su abuelo, en representacion de su padre, por haber fallecido, (renunciado o excluido) este último antes que su abuelo.
No hay representación en la línea ascendiente, ni de ningun otro pariente fuera de los mencionados anteriormente.
Las disposiciones relativas a la representación hereditaria, rigen para la sucesión intestada y testamentaria, pero la representacion en caso de testamento, solo se efectúa cuando los herederos y legatarios sean parientes del testador y en la intestada necesariamente tienen que ser parientes del representado, en cualquiera de los grados de ley.

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