domingo, 11 de mayo de 2008

¿QUÉ ES SUCESIÓN HEREDITARIA?


La sucesión hereditaria por causa de muerte se realiza por la voluntad de la persona, manifestada en testamento y, a falta de éste por disposición de la ley. La primera se llama testamentaria y la segunda, intestada, comprendiendo en uno y otro caso, todos los bienes, derechos y obligaciones que no se extinguen por la muerte y que los derechos a la sucesión de una persona se transmiten desde el momento de su muerte. La sucesión hereditaria puede ser a título universal y a título particular, la asignación a título universal se llama herencia, la asignación a título particular se llama legado. El título es universal, cuando se sucede al causante en todos sus bienes y obligaciones transmisibles, a excepción de los legados. El título es particular cuando se sucede en uno o más bienes determinados.
La sucesión puede ser en parte testada y en parte intestada. Toda persona capaz civilmente puede disponer de sus bienes por medio de testamento a favor de cualquiera que no tenga incapacidad o prohibición legal para heredar.

REPRESENTACIÓN HEREDITARIA


La representacion hereditaria es el derecho que tienen los descendientes de una persona para heredar en lugar de ella, si hubiere muerto antes que su causante o bien si ha renunciado (repudiante) a la herencia o la ha perdido por indignidad (excluido). La Representacion Hereditaria se da en la línea recta y en la línea colateral

miércoles, 7 de mayo de 2008

Representacion Hereditaria en la línea recta

En la línea recta, la representación tiene lugar solo en los descendientes, por ejemplo, los nietos heredan a su abuelo, en representacion de su padre, por haber fallecido, (renunciado o excluido) este último antes que su abuelo.
No hay representación en la línea ascendiente, ni de ningun otro pariente fuera de los mencionados anteriormente.
Las disposiciones relativas a la representación hereditaria, rigen para la sucesión intestada y testamentaria, pero la representacion en caso de testamento, solo se efectúa cuando los herederos y legatarios sean parientes del testador y en la intestada necesariamente tienen que ser parientes del representado, en cualquiera de los grados de ley.

Representación Hereditaria en la línea colateral



La Representación Hereditaria en la linea colateral, solo corresponde a los hijos de los hermanos del causante, quienes heredarán por estirpes, si concurren con sus tíos, pero si los sobrinos concurren sólos, heredarán por partes iguales. Esta representacion se da cuando el hermano del causante ha fallecido con anterioridad o bien si ha renunciado a la herencia o la ha perdido por indignidad.
La representacion hereditaria solo se puede dar en la linea recta y en la linea colateral, fuera de estas dos formas, no puede darse la representación de conformidad con la ley.

ACTIVIDADES DE MEDIACIÓN


Realice un resumen sobre la Sucesion Hereditaria
Especifique las clases de Representacion Hereditaria
Señale las diferencias entre las clases de Representación Hereditaria